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Recurso de Hecho


RECURSO DE HECHO

1.    ¿Cómo definiría al Recurso de Hecho?

Es un recurso extraordinario, que la ley contempla a favor de la parte agraviada, que ha deducido un Recurso de Apelación, el cual ha sido denegado por el tribunal de 1° instancia.



2.    ¿Qué situaciones dan lugar al Recurso de Hecho?

Recurso de Casación. FORMA Y FONDO

RECURSO DE CASACIÓN

Casación etimológicamente viene del latín “cassare” que significa anular o invalidar.
  1. Defina el Recurso de Casación.
Es un recurso extraordinario que la ley sólo concede a la parte agraviada, con el objeto de obtener la anulación o invalidación de ciertas resoluciones judiciales, en las situaciones o casos expresamente dispuestas por la propia ley (art. 764 CPC).

Recurso de Queja

RECURSO DE QUEJA

1. ¿Qué atribuciones extras tiene la Corte Suprema? Art. 79 CPR. (Constitución Política de la República).

Resultado de imagen para recurso de queja corte supremaFunciones más allá que las jurisdiccionales, también tiene atribuciones económicas, correccionales y disciplinarias. Facultad de todos los tribunales, salvo los que la CPR. excluye.
Estas facultades correccionales y disciplinarias que la ley consagra en CPR. en su mandato general y en el orden particular, COT. (Código Orgánico de Tribunales), tanto la Queja disciplinaria y el Recurso de Queja.

Recurso de Apelación



RECURSO DE APELACIÓN

1. ¿Qué es un Recurso de Apelación?
Es un medio de impugnación ordinario de resoluciones judiciales, a través del cual la parte que lo deduce pretende que el tribunal superior de aquel que dictó la resolución que se estima gravosa, la enmiende conforme a Derecho.

  1. ¿Cuáles son sus características?

Recurso de Reposición

RECURSO DE REPOSICIÓN

1. ¿Qué es el Recurso de Reposición?
Es un recurso ordinario o acto jurídico procesal, mediante el cual la parte que lo deduce pretende que el mismo tribunal que dictó un auto o un decreto, lo modifique o lo deje sin efecto.


2. ¿Contra qué procede?
Sólo procede contra los AUTOS Y DECRETOS (Art. 181 inc. 2° CPC).

Recurso de Aclaración, Rectificación y Enmienda

RECURSO DE ACLARACIÓN, RECTIFICACIÓN Y ENMIENDA

1. ¿Qué es el Recurso de Aclaración, Rectificación y Enmienda?

Es el acto jurídico procesal del tribunal que ha dictado una sentencia definitiva o interlocutoria, el cual actuando de oficio o a petición de parte, procede a aclarar sus puntos oscuros o dudosos, salvar las omisiones y rectificar errores de copia, referencia o cálculo que aparezcan de manifiesto en la sentencia.


2. ¿Contra qué procede este Recurso?

Reciba la causa a prueba

SE RECIBA LA CAUSA A PRUEBA S. J. L. EN LO CIVIL DE SANTIAGO (…°)                  RICARDO RAMIREZ OJEDA, abogado por la parte dema...